La carta porte es el complemento fiscal obligatorio del CFDI que exige el SAT para trasladar mercancías por carreteras federales en México. Toda carga debe viajar con una carta porte timbrada que detalle mercancía, origen, destino, vehículo y operador.
El complemento Carta Porte (CCP) es el documento digital que el SAT exige para mover mercancía por carreteras federales. Se timbra sobre un CFDI: de Ingreso si transportas carga de un cliente, o de Traslado si mueves mercancía propia. La versión 3.1 está vigente desde julio de 2024.
La carta porte detalla qué llevas, de dónde a dónde, los puntos intermedios, el vehículo y el operador. Si te detienen en carretera sin carta porte, o con datos incorrectos, hay multas y la carga puede quedar retenida. Por eso ningún transportista serio libera una unidad sin la carta porte timbrada.
En carga cruzada, la carta porte ampara el tramo mexicano. Hacia el norte viaja junto con el pedimento y el e-manifest americano; hacia el sur, la emites una vez que la carga entra a México. Si trabajas con agentes de carga de Estados Unidos, ten lista tu facturación con complemento Carta Porte desde el primer viaje: es de los primeros filtros que revisan al validar a un transportista. Emitirla bien y a tiempo te posiciona como transportista formal y te abre la puerta a más carga de exportación. Encuentra el flujo documental completo en la Guía México 101.
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