Devolución de aranceles (drawback)
La devolución de aranceles pagados por mercancía importada, o por materiales usados para fabricar productos, que después se exportan o se destruyen. En EE. UU. puede devolver hasta el 99 por ciento de los aranceles elegibles, con reglas más limitadas para exportaciones a México y Canadá bajo el T-MEC.
El drawback de EE. UU. (19 U.S.C. 1313) permite a quien lo reclama recuperar la mayor parte de los aranceles pagados por importaciones que se exportan, sin cambios o después de usarse en manufactura. Las solicitudes se presentan de forma electrónica ante CBP y deben respaldarse con registros que liguen la importación con la exportación.
Las exportaciones a México y Canadá son un caso especial. El T-MEC limita el drawback de la mercancía enviada dentro de la región, en general al menor entre los aranceles pagados al importar y los aranceles que se deben en el país de destino, así que los fabricantes con operación transfronteriza suelen recuperar menos que en exportaciones a otros destinos. El límite aplica sobre todo a la mercancía usada en manufactura; la mercancía que se reexporta en las mismas condiciones en general está exenta.
Qué significa esto cuando mueves embarques
El drawback es asunto del embarcador y de su agente aduanal, pero depende de documentos que pasan por la empresa de logística: registros de exportación, conocimientos de embarque y pruebas de que la mercancía de verdad salió del país. Guarda los documentos de entrega de los embarques transfronterizos, porque un embarcador que reclama drawback puede necesitarlos años después.
Pon el vocabulario en práctica
Cargado conecta a cientos de empresas de logística con más de 2,400 transportistas verificados que mueven embarques de México y Canadá todos los días.